El viernes llegaron mis hijos y supongo el resto de niños/as a casa con un papel. Lo único que veo en el papel es que el día 21 de junio hay una actividad complementaria " Convivencia de todo el alumnado del CRA en la escuela de PION - La Granja"
Lo que está escrito se puede leer. En la parte inferior y marcado con tijeritas, aparece un lugar para poner la fecha, la firma del padre/madre/tutor y nombre del que firma. Entiendo que se entrega al profesor de los niños y con ello estoy firmando un recibí dándome por enterado de que se va a realizar dicha actividad (ya comunicada por email).
Ahora bien y vamos a dejar correr nuestra imaginación. Vamos a imaginar que hay otro modelo exactamente igual, mismo recortable, que dice otra cosa distinta, como por ejemplo, comunicándote las cuentas de la cooperativa, el cambio de denominación, abrir una cuenta bancaria a tu nombre, etc., ahí lo dejo.
Esto no es autorización a nada, la misma palabra que AUTORIZA no aparece, ni recibí, ni enterado, NADA.
Y ya puestos a imaginar. Firmas el papel, lo entregas, a las 11:30 vas al centro y preguntas por tu hijo. En el centro te contestan que está en Peón en la jornada de convivencia. Tu dices que eso ya lo sabes, que firmaste el papel donde te das por enterado que se va a realizar dicha actividad complementaria, pero no has autorizado nada. Llamas a algún agente de las FFCCSE, o la Policía Local y comunicas que han secuestrado a tu hijo. Una vez lo localizan, denuncias al colegio por secuestro o en el mejor de los casos, haber sacado a tu hijo de las instalaciones del centro sin tu autorización. El colegio dirá que diste tu autorización, tu dirás que no, el juez pedirá dicha autorización firmada, el colegio entregará ese papel, el Juez lo mirará asombrado y dirá ¿Que es esto? FIN.
En una caso normal, lo que yo haría es comunicar al centro que eso no es autorización ni nada parecido, tampoco tengo el deber, hay unas normas que regulan eso y el centro debe conocerlas, mas que nada porque las redactaron ellos (página 140 del RRI CRA LA MARINA 19-20).
5.2.- Actividades complementarias y extraescolares
Las actividades que se realizan generalmente fuera del aula forman parte del Diseño Curricular siendo un complemento del currículo. Han de estar, por tanto, adaptadas a los objetivos de los distintos niveles y áreas. Abarcan las áreas culturales y formativas, deportivas y recreativas en función de los proyectos del centro. Deben respetar la equidad e igualdad de todo el alumnado.
Las actividades complementarias son aquellas que organiza el profesorado y que son el complemento más próximo del propio currículo atendiendo a sus objetivos conceptuales. Van destinadas a la generalidad del alumnado y tienen carácter voluntario para los alumnos/as.
Los objetivos que se pretenden con estas actividades complementarias no sólo son culturales, sino también formativos. Con ellas se pretende también desarrollar hábitos de carácter afectivo social, de convivencia e idea de pertenencia al centro, de aceptación de la diversidad. Por ello, además de las convivencias de cada curso académico, los talleres y las salidas didácticas se pueden aprovechar también acontecimientos y centros de interés puntuales.
b. Requisitos previos a la realización de la actividad
Propuesta anticipada a la dirección del Centro, que podrá delegar en la Jefatura de Estudios (complementarias) o coordinador/a de Programa de Apertura (extraescolares), que contará, en el caso de las complementarias, al menos de:
a) Día y horario de salida y llegada de la visita.
b) Lugar.
c) Tipo de transporte a utilizar.
d) Nivel , grupo o etapa que lo realiza.
e) Objetivos específicos que se pretenden.
f) Actividades a desarrollar.
g) Profesorado o personal que dirige a los alumnos/as.
h) Presupuesto y sistema de financiación.
i) Comunicación y firma de conformidad de las familias del alumnado.
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