Para todo aquel que tuviese dudas sobre la composición actual del AMPA Cra La Marina, legalidad, registro, cargos en vigor, etc..., informo. Los documentos existentes depositados en el Registro de Asociaciones del Principado de Asturias a día de hoy son:
Adaptación a la Ley Orgánica 1/2002 y junta directiva, por resolución de 30/03/2004
Junta directiva por resolución 26/05/2014Junta directiva por resolución 13/10/2015
Junta directiva por resolución 13/06/2017
Hace la nada desdeñable cifra de 6 años y 13 dias que en el registro de asociaciones no se realiza ninguna inscripción. Esto quiere decir que hace 6 años y 13 días siguen siendo las mismas personas, los mismos cargos, los que siguen ocupando su lugar. Son 3 periodos de 2 años consecutivos sin que la junta directiva cambie de cargos: Presidente, secretario/a, tesorero/a, y un mínimo de 4 vocales. Los cuales en los estatutos de 16 de febrero de 2004, su mandato será de 2 años, siendo reelegidos (legalmente, claro).
"Real Decreto 949/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro Nacional de Asociaciones.
Artículo 12. Documentación a depositar. 1. Estará depositada en el Registro la siguiente documentación aportada por los interesados: a) El acta fundacional. b) El acta en la que consten los acuerdos modificativos de los datos registrales o introduzcan nuevos datos.
Artículo 25. Juntas directivas. Sin perjuicio de la solicitud de inscripción de la totalidad de los miembros de la junta directiva u órgano de representación, que deberá presentarse tras el correspondiente proceso de elección o nombramiento, la entidad deberá comunicar al Registro cualquier incidencia que altere la composición de dicho órgano representativo, e instará su inscripción.
Artículo 37. Plazo de presentación. 1. Para las asociaciones ya inscritas, el plazo de presentación de las solicitudes de inscripción de modificación o actualización de los datos registrales será de un mes, contado desde la fecha que se indica en el capítulo II para cada procedimiento. 2. Cuando las solicitudes se presenten fuera de plazo, se podrá requerir a los interesados la aportación de un certificado en el que se ratifique la vigencia de la variación producida en los datos".
Ahora, nos contarán que ha sido un defecto de forma, falta de un trámite administrativo, que si se nos olvidó, que si no tuvimos tiempo, y una sarta de mentiras más de este estilo. Y claro, que alguien mas se preste a sostener dicha farsa, alguien ha tenido que votar las reelecciones, las asistencias a Asambleas fantasmas, justificar dichas asambleas, etc., ¡¡ojo!! a la persona/s que se presten a dar su firma, que seguro serán las mismas, en cada una de los mandatos de 2 años pasados. 6 años y 13 días.
Y es que, llevar un AMPA consume mucho tiempo
Continuaremos con mas contenido público, sobre el resto de los actores de esta trama.
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