CRA LA MARINA - Elecciones al Consejo Escolar I

 


Esto me va a llevar unas horas, al igual que vosotros también tengo cosas que hacer. A lo largo del día iré redactando sobre el porqué de dicha reclamación pese a haber sido uno de los candidatos elegidos. Y como "siempre" empezaremos la casa por el tejado, esto es, el ultimo correo recibido por la dirección del CRA.

Al parecer contra la proclamación de candidatos no cabe reclamación. Estos son los elegidos y se acabó. Pero......., en que lugar de nuestro escritorio se nos ha perdido el Artículo 19, 20, 21.- Escrutinio de votos y elaboración de actas que aparece en el DECRETO 76/2007, de 20 de junio, por el que se regula la participación de la comunidad educativa y los órganos de gobierno de los centros docentes públicos que imparte enseñanzas de carácter no universitario en el Principado de Asturias. ¿Donde?

Bien, ahora que tenemos el techo, vamos a comenzar por la casita.

El miércoles 18 de noviembre a las 13:54h., se recibe un correo de Asunto: RENOVACIÓN TOTAL CONSEJO ESCOLAR 2020 - ELECCIONES, antes de esto no existe nada, ninguna comunicación al respecto sobre censos, sorteos públicos, NADA. Siendo esta la primera comunicación pública del inicio del procedimiento de renovación del consejo escolar entiendo ya incumplida la legislación sobre el asunto y que se verá más adelante sobre publicidad e información del acto en sí, que con este correo y sin publicitar nada de nada da por válidos todos los pasos previos a esta comunicación.

De nuevo, el Decreto 76/2007, de 20 de junio en su capítulo II artículo 12 punto 1 dice:

“A efectos de la organización del procedimiento de elección, se constituirá en cada centro docente una junta electoral, presidida por el Director o la Directora del centro docente. Actuarán como vocales un profesor o profesora, un padre o madre, un representante del personal de administración y servicios, y en su caso, un alumno o alumna, todos ellos, así como sus suplentes, elegidos por sorteo entre los inscritos en los respectivos censos electorales. La celebración del sorteo público para la elección de los miembros de la junta electoral se publicará en el tablón de anuncios del centro, con una antelación mínima de quince días naturales”.

La Resolución de 27 de julio de 2020, de la Consejería de Educación, por la que se convoca la elección de miembros de los consejos escolares en los centros de los distintos niveles educativos no universitarios sostenidos con fondos públicos del Principado de Asturias en su Anexo I, Quinta. Juntas Electorales de los centros públicos. 2:

“Los Directores y Directoras de los centros organizarán, con las debidas garantías de publicidad e igualdad, el sorteo de los componentes, titulares y suplentes, de la Junta Electoral, a cuyo fin deberán tener elaborados los censos electorales que posteriormente serán aprobados. Adoptarán, asimismo, todas las medidas preparatorias que sean necesarias para facilitar el proceso electoral”.

En primer lugar no se ha publicitado en debida forma el inicio del proceso electoral, sin previo aviso se realiza el sorteo de los miembros de la junta electoral y se adjudica, no se ha hecho pública la exposición del censo, la cual se realiza según calendario el día 20 de noviembre, abierto y cerrado el periodo de reclamaciones y expuesto el censo definitivo, tampoco se ha comunicado por ninguna vía (ni web, ni email) si se encontraba expuesto anteriormente a los hechos en el tablón de anuncios de algun centro perteneciente al C.R.A. La Marina. 

Teniendo en cuenta la singularidad de los Centros Rurales Agrupados (REAL DECRETO 2731/1.986, de 24 de Diciembre) y para garantizar los principios básicos recogidos en nuestra Carta Magna todas las familias de todos los colegios deberíamos ser informados en misma forma y manera que la sede denominada “CASTIELLO”. Entiendo, que para determinadas gestiones administrativas uno deba dirigirse a la misma, cuestiones de firmas, presentación de escritos, etc., no así para recibir información.

La comunicación de que dicho sorteo público se realizaría debió efectuarse el 01 de noviembre, antes de esto entiendo la elaboración del censo, el cual no fue definitivo hasta el día 25 de noviembre todo ello del año en curso.

Cabe mencionar que según el calendario adjunto no se cita al personal laboral para ejercer su derecho a voto, rectificado posteriormente, al final.

Hasta aquí mal, seguimos.

El viernes 20 de noviembre a las 11:12 se recibe un correo de Asunto: ELECCIONES CONSEJO ESCOLAR 2020 - SECTOR FAMILIAS : CENSO Y CANDIDATURAS.

En este correo se dice: "Teniendo en cuenta la LOPD, los censos no pueden estar expuestos públicamente al contar con datos personales".

Esta afirmación es falsa y engañosa, que a mi juicio solo pretende entorpecer el procedimiento y la participación de las familias, según INSTRUCCIONES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ORDENACIÓN, EVALUACIÓN Y EQUIDAD EDUCATIVA E INNOVACIÓN EDUCATIVA RELATIVAS A LA ELECCIÓN Y RENOVACIÓN DE LOS CONSEJOS ESCOLARES DE LOS CENTROS DOCENTES SOSTENIDOS CON FONDOS PÚBLICOS QUE IMPARTEN ENSEÑANZAS NO UNIVERSITARIAS EN EL PRINCIPADO DE ASTURIAS Oviedo, a 23 de octubre de 2020 La Directora General de Ordenación, Evaluación y Equidad Educativa Paula García Martínez, y del que la Junta directiva tiene conocimiento al mencionar en su primer email “Dadas las circunstancias actuales y teniendo en cuenta las Instrucciones de la Consejería de Educación, la modalidad preferente debe ser el VOTO POR CORREO”, estas mismas instrucciones también dicen:

“El censo electoral podrá publicarse en las plataformas digitales del centro. Los centros que dispongan de intranet podrán hacer uso de ella. Si se publica en abierto, se indicará expresamente que los datos se exponen exclusivamente para el proceso de elección de los consejos escolares. Estarán disponibles el mínimo tiempo posible y en ellos se recogerá la relación alfabética de los miembros de la comunidad educativa, distribuidos por sectores. En ningún caso figurará el DNI.”

Como queda demostrado el censo si puede ser publicado en las plataformas digitales de los centros, de hecho así lo han realizado muchos de los centros listados en alojaweb.educastur.es. Tampoco mencionan que en estas mismas instrucciones se anexan medidas y recomendaciones con el objetivo de que las juntas electorales de los centros dispongan las condiciones para que la comunidad educativa ejerza su derecho al voto, minimizando el riesgo que ha venido representando la epidemia conforme a las condiciones que existan en cada momento, ni que las votaciones presenciales podrán realizarse a lo largo de más de una jornada, convocando a las personas recogidas en los censos electorales por orden alfabético, en distintos tramos.

El viernes 02 de diciembre a las 15:32h., se recibe un correo de Asunto: LISTADO DEFINITIVO CANDIDATURAS RENOVACIÓN TOTAL CONSEJO ESCOLAR CRA LA MARINA 2020.

Bien, para no poner nombres, al final quedan 9 personas candidatas a la Junta Escolar. Una de estas personas además de ser miembro saliente del anterior consejo escolar y ser presidente/a del AMPA CRA LA MARINA ¡¡¡SORPRESA!!! ha sido la elegida por sorteo para ser titular de la Junta Electoral por parte de familias. Realmente asombroso, da que pensar, vamos a ver.....en el censo existen 280 nombres, esto se complica, y que yo haya salido como suplente....280 personas, 9 se presentan y de esas 9 salen por sorteo público 2.

¿Que como se yo que esto es así y no de otra manera? Fácil, tienes que estar ocioso/a y perder el tiempo para ver el maravilloso Tablón de Anuncios que esta situado en la "SEDE".

El día 02 de diciembre en el mencionado tablón descubro, y digo bien, descubro debajo de otros papeles pinchados:

  1. El mapa donde se descubre la situación del desaparecido monolito de Utah.
  2. ACTA Nº 1: DE SORTEO PARA CONSTITUCIÓN DE LA JUNTA ELECTORAL.
El 1 es broma, no estaba allí, sigue en paradero desconocido.

El ACTA dice:

UNO.- En el aula de Castiello IV, a las 13:00 horas del día 16 de noviembre de 2020, se procede a realizar sorteo público para constitución de Junta Electoral del CRA La Marina, ante la presidenta de la Junta Electoral, con la presencia y participación de todo el alumnado de Castiello IV E. Primaria, 2 alumno/a de E. Infantil que se mantuvieron fuera del aula (COVID-19) y dos profesoras ; no habiendo otros testigos que se hayan presentado, se procede a introducir en tres cajas distintas los nombres, numerados, de todos los componentes de los censos de profesorado, familias o tutores legales, personal laboral y alumnado de 5º y 6º.

CUATRO.- Se procede, en tercer lugar, a extraer del censo de padres, madres y tutores legales con un total de 280 censados/as, al titular y cuatro suplentes, por las dificultades que este sector puede tener para disponer tiempos para este menester:

Titular: Nº xxx - xxxxxx xxxxx xxxx

Suplente 1º D./Dña. Nº xxx - xxx xxxxx xxxxxxxxx

Suplente 2º D./Dña. Nº xxx - xxxxxxxx xxxxxxxx xxxxxxx

Suplente 3º D./Dña. Nº xxx - xxxxxxxxx xxxxxxxx xxxxxxxxx

Suplente 4º D./Dña. Nº xx - xxxxxxxx, xxxx

La PTA de la Junta electoral toma nota de los resultados, para levantar acta que firman los testigos procede a convocar la Junta electoral para el día 18 de noviembre de 2020.

Nota personal: Pdta., sería la abreviatura correcta del cargo según la RAE en su apéndice 1 de la «Ortografía»

Tema muy discutible son los testigos presenciales “con la presencia y participación de todo el alumnado de Castiello IV E. Primaria, 2 alumno/a de E. Infantil que se mantuvieron fuera del aula (COVID-19)”. Me pregunto qué presencia tuvo el alumnado si tenemos en cuenta el ancho estándar de una puerta a lo sumo serían 2 o 3 alumnos los que presenciaron el sorteo (o era una puerta de doble hoja), en cuanto a las “profesoras” se desconoce ya que no existe ni sello ni firmas en dicha acta. En un intervalo de 15 minutos se realiza todo el proceso. y otra cosa no menos importante, en Castiello que yo sepa hay 3 (tres) profesoras, mira que es mala suerte, solo espero que esas dos profesoras no sean las elegidas por parte del profesorado para formar parte del Consejo Escolar, quedaría alterada la imparcialidad y transparencia de esa votación "publica".

Continuamos. El día 04 de diciembre de 2020 (mi última visita a la sede) en el tablón de anuncios de Castiello no existe nueva publicación, rectificación o renuncia por parte de la Titular nº xxx ni al cargo en la Junta Electoral ni a su candidatura, hecho que simplemente no debiera haber constado ni haberse nombrado como tal, pero que hasta su “renuncia” no se sabe cuando, ha sido parte del procedimiento.

Entiendo que una vez sorteado su nombre y siendo todavía componente del actual consejo escolar de oficio se la tenía que haber “saltado” (quizás no debiera siquiera haber sido introducida en la urna). Aun así, al serle comunicado dicho nombramiento debío expresar su deseo de participar en las elecciones al consejo escolar y renunciar como titular de la Junta Electoral por incompatibilidad manifiesta. 

Repasemos. El día 16 se forma la junta, el acta se firma el 18, el 02 de diciembre aparece en la lista definitiva de candidatos y el día 04 de diciembre sigue de titular, lo más normal y no habiendo renunciado a ser componente de la junta es que su candidatura no hubiera de ser admitida. También entiendo que todo esto debiera constar por escrito en algún lugar, su renuncia, fecha, firmas, ya podemos ponernos a hacer los deberes.

Ahora mismo y mientras redacto, estoy esperando si alguien viene a la sede a poner en orden el desorden. Ahora es cuando llamamos, oye que tienes que firmar esto, y yo por qué, y vete tu a saber que mas cosas.

Este mismo día se recibe otro a las 15:44h., de Asunto: CIRCULAR INFORMATIVA FAMILIAS - VOTACIONES RENOVACIÓN TOTAL CONSEJO ESCOLAR 2020.

Para mayor comodidad procederemos a hacerles llegar a todos ustedes, a través de su hijo/a, un sobre sepia con la papeleta de votaciones mañana jueves 03 de diciembre. Ello facilitará el que puedan ejercer el derecho al voto por correo, opción que se considera prioritaria en las actuales circunstancias socio-sanitarias.

Voto presencial: Las madres y padres de alumnos/as (ambos tutores) pueden acudir a la sede del CRA en Castiello en la fecha de las elecciones, el día 10 de noviembre, de 9:30 a 15:00 horas, con el DNI o documento equivalente (pasaporte o carné de conducir).

Todo sigue bien, sin problemas, entiendo que todas las familias cuentan en su garaje con un Delorean para viajar al pasado 22 días y poder ejercer el voto presencial. Mi familia no tiene Delorean.

Pese a que estas fechas quedaron anuladas, bien merece darle un repaso. El día 03 de diciembre se hace entrega del sobre con los candidatos a ser votados finalizando el plazo el día 10 antes de las 15:00 horas. Del día 03 al 10 nos encontramos con únicamente TRES días (sábados, domingo correos cierra y lunes, martes festivos) para ejercer nuestro derecho al voto por correo, en el mejor de los casos y según la información que proporciona correos: 

Debido a las medidas extraordinarias adoptadas por la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 se han modificado los procesos logísticos, lo que puede ocasionar tiempos de entrega mayores a los indicados.

Carta Certificada: 3 días hábiles en destino nacional (93% de los envíos) y de 2 a 4 días hábiles en destino europeo. El resto de destinos, depende de cada país.

Es prácticamente improbable que un voto enviado por correo postal llegue a la Mesa Electoral.

Realmente importante y preocupante es abrir el sobre color sepia y encontrarse una papeletas en las cuales al dorso consta un sello y una numeración, en mi caso la 213 y 214.


Ya estamos a día 03 de diciembre y continuamos con los despropósitos.

En nuestra escuela “QUINTES” se prepara en el patio del colegio una mesa electoral para el voto de los Profesores/as del centro o de todos los centros pertenecientes al C.R.A. lo cual ignoro ya que no dispongo de esa información. Lo que resulta claro y patente durante todo el proceso es “ESCUELA DE CASTIELLO, Sede del CRA LA MARINA”

Esto....vamos a ver....., Artículo 14 y todos sus puntitos del Decreto 76/2007, pero para que tanta historia, si solo se presentan 5, 5 tendrán que salir, vamos, no soy ningún Einstein pero no hay fallo, espera, y..... ¿no hay suplentes? ¿y alguien con 0 votos sale elegido? ¿están todos empatados a votos? entonces....¿deben repetir la votación y desempatar?, ni idea, pero tampoco me importa.

Seguimos.

Según el ACTA Nº 1: DE SORTEO PARA CONSTITUCIÓN DE LA JUNTA ELECTORAL en el censo del C.R.A. LA MARINA constan:

Alumnos: 44
Profesorado: 35
Padres/Madres: 280

El lugar de la votación para los Alumnos (quintes) y Profesorado ha sido el centro Quintes y para los 280 padres, madres o tutores legales es el arriba mencionado como sede del CRA LA MARINA, nuevamente los padres de las 7 escuelas con 18 aulas distribuidas en seis localidades de entorno rural en la zona conocida como La Marina o Les Mariñes del concejo de Villaviciosa (según consta en la página web del centro) debemos trasladarnos a la sede en Castiello para realizar las comprobaciones que se precisen y posterior votación.

Tenido en cuenta que la escuela de mayor entidad y con mayor número de unidades es QUINTES, lo normal es que la votación de los padres se realizase en el mismo lugar y al aire libre como realizó el profesorado máxime teniendo en cuenta la actual situación y no desplazar al grueso de las familias a una habitación para ejercer el derecho al voto, ¡ojo! que no lo digo yo.

Según las INSTRUCCIONES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ORDENACIÓN, EVALUACIÓN Y EQUIDAD. Primera. – Medidas y recomendaciones referentes a la formación de las mesas electorales, su ubicación y disposición interna. 

1.– Deberá elegirse como lugar para la celebración de las elecciones el lugar más amplio y diáfano, con mejor ventilación, más accesible y que requiera el menor recorrido para acceder al mismo, evitando, en la medida de lo posible que sea necesario el acceso mediante escaleras o ascensores.

Bueno, hasta aquí la primera parte y atencion ++spoiler++ segundas partes nunca fueron buenas.

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